ADVERTENCIA
COMUNICADO OFICIAL U.P.S.R.A
Buenos Aires, 13 de Julio de 2021.-
Estimados Empresarios de la Actividad de Seguridad Privada:
Nos dirigimos a Uds. a efectos de alertar sobre la existencia de “comunicados” falsos,
emitidos por agrupaciones de hecho, sin ningún tipo de representatividad sindical formal ni legal,
cursados a través de casillas de e-mail apócrifas, por parte de grupos inescrupulosos que se arrogan
facultades que no poseen y que solo buscan generar caos y confusión en el empresariado.
En tal sentido NOTIFICAMOS a Uds., unas vez más, que de acuerdo a lo estipulado en la
cláusula tercera del ACUERDO de PARITARIAS suscripto entre UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE
LA REPUBLICA ARGENTINA y C.A.E.S.I., debidamente Homologado por el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social de la Nación en fecha 12/08/2020, y ratificado en Acuerdo de paritarias suscripto
por ambas partes en fecha 25/06/2021; las obligaciones de pago a U.P.S.R.A por concepto de
Aportes de Cuota Sindical y aporte extraordinario, transitorio y excepcional Art. 4 Decreto 467/88
reglamentario de la Ley 23.551 deben efectuarse en la cuenta corriente BANCO CIUDAD Nº
000000020000028594, CBU 0290002500000000285946. Alias: PERLA.PRADO.DIARIO., recordándoles que cualquier pago por fuera de dicha cuenta bancaria será nulo y no tendrá efecto
cancelatorio de la obligación legal.
Asimismo, y a efectos de despejar cualquier duda posible, les recordamos que se encuentra
plenamente vigente por DECISORIO JUDICIAL la CERTIFICACIÓN PROVISORIA DE AUTORIDADES que
designa al Dr. Angel Alberto García como SECRETARIO GENERAL de U.P.S.RA., y ello de acuerdo a lo
ordenado por la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en el marco de la causa
nº 53147/2017/I/CA caratulada “GARCÍA, ANGEL ALBERTO Y OTRO c/ MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEAO Y SEGURIDAD SOCIAL s/ LEY DE ASOC. SINDICALES”
Por último, y a efectos de evitar la confusión que pudieren generar futuros y eventuales emails apócrifos, les recordamos que las únicas casillas digitales oficiales y válidas de U.P.S.R.A. son
las terminadas en “.org.ar” y no las terminadas en “.com”, “.net”, etc.
Sin otro particular, saludamos atte.
Dr. Ángel Alberto García
Secretario General UPSRA